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Cuando usted entra al pais como "turista", usted esta permitido a permanecer por un máximo de 180 dias para el propósito de recreación, salud y actividades artísticas y deportivas. No puede trabajar en México.
Si usted llega por via aerea: Debera de tener su forma de immigracion presentarla a las autoridades a su llegada al aeropuerto de su destino dentro del pais.
Si usted llega por via terrestre: Debera de pedir su forma migratoria después de haber pagado las cuotas de turista la banco local. Su vehículo debera de salir del pais cuando expire su permiso de turista. Usted no podra vender su auto dentro de México ni utilizarlo para propósitos ilegales.
Su usted llega por via marina: Usted debera de obtener su forma migratoria una vez que cubra sus cuotas en el puerto de entrada.Una vez que sus 180 dias hayan expirado, debera de abandonar el pais.
Si desea re-entrar en el pais: Usted podra hacerlo consiguiendo una nueva forma migratoria de las autoridades en el punto de entrada una vez que haya cubierto las cuotas correspondientes.
Usted puede extender su estancia en México como:
Persona conmedios independientes: Definida como una persona que vive con ingresos generados fuera de Mexico.
Persona Dependiente Financieramente: Definida como una persona que vive dependiendo de los ingresos de su conyuge o un familiar co sanguíneo.
Persona en posición de confinaza: Definido como una persona que asume la unica labor Gerencial y de absoluta confianza en una empresa o institución establecida Mexicana
Estudiante: Definido como una persona que inicia, termina o perfecciona sus estudios en México. Una vez que el estudiante culmina con sus estudios, debera de abandonar el pais.
Ministro religioso o asociado: Definido como aquella persona que es activa enla ministracion de cualquier religión o la persona que efectua actos sociales o filantropicos. En este caso debera de registrarse con la "Secretaria de Gobernación"
Exiliado Político: Definido como la persona que entra al pais para proteger su libertad, vida, de persecicion política en supais de origen. Debera de contar con permiso de la "Secretaria de Gobernación" y usted nopodra salir del pais sin el permiso de la Secretaria si es que su permiso es permitido.
Inversionista o Visita de Negocios: Definido como lapersona que entra al pais con el propósito de encontrar prospectos y alternativas de inversión o para llevarlos a cabo. En este caso el extranjero debera de cumplir con los requisitos de la Ley de Inversión Extranjera.
Transmigrante: Definido como la persona que va en tránsito a otro pais y pasa por territorio Mexicano. El transmigrante tiene derecho a permanecer en el pais por un máximo de 30 dias.
Para obtner una extensión de las categorías anteriormente descritas, debera de acudir a las oficinas de Migración. (Instituto National de Migración) con su forma migratoria y su pasaporte valido, donde una vez llenados todas las fromas necesarias y pagado los cargos correspondientes, la extensión de su documento migratorio podra ser autorizada.
Usted podra extender su estancia hasta por cuatro ocasiones, cada una por un máximo de 365 dias. Con la utorizacion de permanecer en México temporalmente, usted podera entrar y salir del pais sin restricciones, excepto en el caso de un turista.
En referencia a todas las categorías arriba citadas, si usted desea adquirir propiedad, lo podra hacer después de haber llenado los requerimientos legales.Usted nunca debera de tener dos documentos migratorios simultaneos.
Todos los extranjeros que entren al pais, exceptuando en el caso de turistas, deberan de pedir que sus nombres sean escritos en el Registro Nacinal de Extanjeros.
Una vez que haya obtenido un domicilio permanente en México, tendra 30 dias para pedir su domicilio, o cambiar, notificar, sus documentos.
Durante su estancia en Mexico, si su estatus civil cambia,debera de notificar a las autoridades migratorias con un lapso no mayor a 30 dias.
En el caso de contraer matrimonio con un naciona Mexicano, o adopción, sera requerida que obtenga la autorización del Dpertamento de Migración.
Para extender sus actividaes, o cambiar su empleo, requiere del permiso de las autoridades y hacer pago de las cuotas correspondientes.
En el caso de perdida o extravio de sus documentos migratorios,usted debera de hacer un reporte con las autoridades correspondientes de la Procuraduría General de Justicia del Estado. Para obtener un reemplazo de sus documentos migratorios, debera de presnter una fotocopia del reporte arriba mencionado.
Si usted desea salir del pais y sus documentos estan siendo procesados, notifique al departamento y usted podra obtenerun permiso de salida y entrada con validez máxima de 45 dias. Si usted desea salir del pais, debera de entregar sus documentos migratorios al oficial correspondiente ants de su salida.
Para mayores informes, favor de contactar nuestras oficinas localizadas en Alvaro Obregón No. 2140, e/ I. Allende and B. Juárez en la zona del Centro de La Paz, B.C.S. Horario: 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Centro Tel: (612) 125-3493 y (612) 122-0429
Aeropuerto Internacional de La Paz: Tel: (612) 124-6349.
Respeto a las layes Mexicanas es importante. Usted debera de entrar en el pais con la documentación requerida por la ley.
Secretaria de Gobernación
Instituto Nacional de Migración
Delegación Regional en B.C.S.
Cabo San Lucas, B.C.S.
Blvd. Lázaro Cárdenas s/n
Col. Centro C.P. 23410
Tel: (624) 143-0135 y 143-4001
Loreto, B.C.S.
Calle Paseo Tamaral s/n Casa de la Cultura
C.P. 23880
Tel: (613) 135-1266
San Carlos, B.C.S.
Carretera a San Carlos km. 56
C.P. 23740
Tel: (613) 136-0262
Santa Rosalia, B.C.S.
Carretera Transpeninsular km. o Esq. Fco. Villa
Edificio Fed. de Hacienda, planta alta
C.P. 23920
Tel: (615) 152-0313
Guerrero Negro, B.C.S.
Blvd. Emiliano Zapata s/n e/ Gustavo Díaz Ordaz y Q. Roo
C.P. 23940
Tel: (615) 157-0303
Consejo Consultivo
Migratorio
La Paz, B.C.S.