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Cuando usted entra al pais como "turista", usted
esta permitido a permanecer por un máximo de 180 dias para
el propósito de recreación, salud y actividades
artísticas y deportivas. No puede trabajar en México.
Si usted llega por via aerea: Debera de tener su forma de
immigracion presentarla a las autoridades a su llegada al aeropuerto
de su destino dentro del pais.
Si usted llega por via terrestre: Debera de pedir su forma
migratoria después de haber pagado las cuotas de turista
la banco local. Su vehículo debera de salir del pais cuando
expire su permiso de turista. Usted no podra vender su auto dentro
de México ni utilizarlo para propósitos ilegales.
Su usted llega por via marina: Usted debera de obtener su
forma migratoria una vez que cubra sus cuotas en el puerto de
entrada.Una vez que sus 180 dias hayan expirado, debera de abandonar
el pais.
Si desea re-entrar en el pais: Usted podra hacerlo consiguiendo
una nueva forma migratoria de las autoridades en el punto de entrada
una vez que haya cubierto las cuotas correspondientes.
Usted puede extender su estancia en México como:
Persona conmedios independientes: Definida como una persona
que vive con ingresos generados fuera de Mexico.
Persona Dependiente Financieramente: Definida como una persona
que vive dependiendo de los ingresos de su conyuge o un familiar
co sanguíneo.
Persona en posición de confinaza: Definido como una
persona que asume la unica labor Gerencial y de absoluta confianza
en una empresa o institución establecida Mexicana
Estudiante: Definido como una persona que inicia, termina
o perfecciona sus estudios en México. Una vez que el estudiante
culmina con sus estudios, debera de abandonar el pais.
Ministro religioso o asociado: Definido como aquella persona
que es activa enla ministracion de cualquier religión o
la persona que efectua actos sociales o filantropicos. En este
caso debera de registrarse con la "Secretaria de Gobernación"
Exiliado Político: Definido como la persona que entra
al pais para proteger su libertad, vida, de persecicion política
en supais de origen. Debera de contar con permiso de la "Secretaria
de Gobernación" y usted nopodra salir del pais sin
el permiso de la Secretaria si es que su permiso es permitido.
Inversionista o Visita de Negocios: Definido como lapersona
que entra al pais con el propósito de encontrar prospectos
y alternativas de inversión o para llevarlos a cabo. En
este caso el extranjero debera de cumplir con los requisitos de
la Ley de Inversión Extranjera.
Transmigrante: Definido como la persona que va en tránsito
a otro pais y pasa por territorio Mexicano. El transmigrante tiene
derecho a permanecer en el pais por un máximo de 30 dias.
Para obtner una extensión de las categorías
anteriormente descritas, debera de acudir a las oficinas de Migración.
(Instituto National de Migración) con su forma migratoria
y su pasaporte valido, donde una vez llenados todas las fromas
necesarias y pagado los cargos correspondientes, la extensión
de su documento migratorio podra ser autorizada.
Usted podra extender su estancia hasta por cuatro ocasiones,
cada una por un máximo de 365 dias. Con la utorizacion
de permanecer en México temporalmente, usted podera entrar
y salir del pais sin restricciones, excepto en el caso de un turista.
En referencia a todas las categorías arriba citadas,
si usted desea adquirir propiedad, lo podra hacer después
de haber llenado los requerimientos legales.Usted nunca debera
de tener dos documentos migratorios simultaneos.
Todos los extranjeros que entren al pais, exceptuando en
el caso de turistas, deberan de pedir que sus nombres sean escritos
en el Registro Nacinal de Extanjeros.
Una vez que haya obtenido un domicilio permanente en México,
tendra 30 dias para pedir su domicilio, o cambiar, notificar,
sus documentos.
Durante su estancia en Mexico, si su estatus civil cambia,debera
de notificar a las autoridades migratorias con un lapso no mayor
a 30 dias.
En el caso de contraer matrimonio con un naciona Mexicano,
o adopción, sera requerida que obtenga la autorización
del Dpertamento de Migración.
Para extender sus actividaes, o cambiar su empleo, requiere
del permiso de las autoridades y hacer pago de las cuotas correspondientes.
En el caso de perdida o extravio de sus documentos migratorios,usted
debera de hacer un reporte con las autoridades correspondientes
de la Procuraduría General de Justicia del Estado. Para
obtener un reemplazo de sus documentos migratorios, debera de
presnter una fotocopia del reporte arriba mencionado.
Si usted desea salir del pais y sus documentos estan siendo
procesados, notifique al departamento y usted podra obtenerun
permiso de salida y entrada con validez máxima de 45 dias.
Si usted desea salir del pais, debera de entregar sus documentos
migratorios al oficial correspondiente ants de su salida.
Para mayores informes, favor de contactar nuestras oficinas
localizadas en Alvaro Obregón No. 2140, e/ I. Allende and
B. Juárez en la zona del Centro de La Paz, B.C.S. Horario:
9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Centro Tel: (612) 125-3493 y (612) 122-0429
Aeropuerto Internacional de La Paz: Tel: (612) 124-6349.
Respeto a las layes Mexicanas es importante. Usted debera
de entrar en el pais con la documentación requerida por
la ley.
Secretaria de Gobernación
Instituto Nacional de Migración
Delegación Regional en B.C.S.
Cabo San Lucas, B.C.S.
Blvd. Lázaro Cárdenas s/n
Col. Centro C.P. 23410
Tel: (624) 143-0135 y 143-4001
Loreto, B.C.S.
Calle Paseo Tamaral s/n Casa de la Cultura
C.P. 23880
Tel: (613) 135-1266
San Carlos, B.C.S.
Carretera a San Carlos km. 56
C.P. 23740
Tel: (613) 136-0262
Santa Rosalia, B.C.S.
Carretera Transpeninsular km. o Esq. Fco. Villa
Edificio Fed. de Hacienda, planta alta
C.P. 23920
Tel: (615) 152-0313
Guerrero Negro, B.C.S.
Blvd. Emiliano Zapata s/n e/ Gustavo Díaz Ordaz y Q. Roo
C.P. 23940
Tel: (615) 157-0303
Consejo Consultivo
Migratorio
La Paz, B.C.S.
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